San José de Ocoa
Un proyecto de ley depositado por el senador por esta provincia, Aneudy Ortiz Sajiun, en el Senado de la República propone modificar la Ley 151-04, que declaró a San José de Ocoa como Provincia Ecoturística, con el objetivo de reorganizar el organismo responsable de impulsar el desarrollo ecoturístico de la provincia, ampliar sus atribuciones, establecer una nueva estructura administrativa y asignarle una partida presupuestaria anual de RD$25 millones.
La iniciativa plantea que el organismo sea denominado formalmente Consejo de Desarrollo Ecoturístico de la Provincia San José de Ocoa, identificado por sus siglas CODEPROSJO, y que sea presidido por el Ministerio de Turismo, institución que podrá delegar esa función en un viceministro.
La propuesta legislativa modifica varios aspectos de la Ley 151-04, impulsada por el exsenador Pedro Alegría en el 2004 mediante la cual San José de Ocoa fue declarada Provincia Ecoturística por su riqueza natural, sus microclimas, sus montañas, sus ríos y sus atractivos para el turismo de naturaleza.
De aprobarse la modificación, el CODEPROSJO sería definido como un organismo público descentralizado, con autonomía administrativa, técnica, económica y financiera, personalidad jurídica propia y capacidad para cumplir sus obligaciones. El texto establece, además, que el Consejo estaría adscrito al Ministerio de Turismo, que tendría a su cargo la vigilancia de su funcionamiento conforme a las disposiciones legales correspondientes.
Uno de los puntos más relevantes de la reforma es la propuesta de incluir en el Presupuesto General del Estado una partida anual de RD$25,000,000 para el desarrollo del ecoturismo en San José de Ocoa y el funcionamiento del CODEPROSJO. El proyecto indica que ese monto podría ser aumentado conforme a las previsiones presupuestarias.
La ley original contemplaba una asignación transitoria de RD$1 millón mensual durante cuatro años, a partir del presupuesto de 2004, destinada a la creación de infraestructura, acondicionamiento, hermoseamiento, senderos, paradores escénicos y otras facilidades para habilitar los recursos naturales de la provincia.
La nueva propuesta también crea la figura de un director ejecutivo del CODEPROSJO, quien sería designado por el presidente de la República a partir de una terna presentada por el propio Consejo. Entre los requisitos para ocupar el cargo figuran ser dominicano, mayor de edad, profesional o técnico del área de turismo, medioambiente o áreas afines, tener experiencia administrativa y capacidad gerencial, y residir en la provincia San José de Ocoa.
El director ejecutivo tendría entre sus funciones ejecutar las decisiones del Consejo, elaborar proyectos de desarrollo ecoturístico, presentar informes, estructurar un programa anual de trabajo, organizar dependencias administrativas y técnicas, y representar al organismo por delegación. La modificación también contempla la designación de un subdirector técnico y un subdirector administrativo.
En cuanto a la composición del Consejo, el proyecto propone una integración encabezada por el ministro de Turismo, junto al ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales o su representante, el ministro de Cultura o su representante, el gobernador provincial, un alcalde de los municipios de Ocoa, el presidente de la Asociación para el Desarrollo de San José de Ocoa, un representante de la Cámara de Comercio y Producción, un representante de los proyectos ecoturísticos, un representante de las organizaciones ecológicas, el presidente de la seccional provincial del CODIA y el director ejecutivo, quien fungiría como secretario con voz, pero sin voto.
La modificación también amplía las atribuciones del Consejo. Entre ellas figuran aprobar proyectos ecoturísticos, promover campañas educativas sobre turismo ecológico, estimular la creación de micro, pequeñas y medianas empresas vinculadas a los recursos naturales, aprobar el presupuesto interno, modificar su reglamento, homologar contratos y coordinar acciones con comunidades y organizaciones nacionales e internacionales.
La propuesta legislativa justifica la reforma señalando que, desde la aprobación de la Ley 151-04, en San José de Ocoa han avanzado importantes proyectos de ecoturismo en comunidades como Tatón, La Ciénaga, La Bocaina, Los Morones, Rancho Arriba, Naranjal-Parra y Nizao-Las Auyamas. Según el documento, esas iniciativas han generado empleos y promueven una convivencia armónica con el medioambiente.
El proyecto también señala la necesidad de adecuar la ley a decisiones del Tribunal Constitucional, especialmente en lo relativo a la integración de legisladores en órganos administrativos, debido al principio de separación de poderes. En la ley original, el senador y un diputado de la provincia formaban parte del Consejo.
| Aspecto | Ley 151-04 original | Nueva modificación propuesta |
|---|---|---|
| Nombre del organismo | Consejo de Desarrollo Ecoturístico de la Provincia de San José de Ocoa. | Consejo de Desarrollo Ecoturístico de la Provincia San José de Ocoa, identificado como CODEPROSJO. |
| Objetivo principal | Declarar a San José de Ocoa como Provincia Ecoturística y crear un organismo para promover el ecoturismo. | Reorganizar el Consejo, adecuar su integración, ampliar sus atribuciones y crear una estructura ejecutiva. |
| Naturaleza jurídica | Entidad sin fines de lucro. | Organismo público descentralizado, con autonomía administrativa, técnica, económica y financiera. |
| Presidencia del Consejo | Presidido por el presidente de la Asociación de Desarrollo de San José de Ocoa. | Presidido por el ministro de Turismo, quien podrá delegar en un viceministro. |
| Composición del Consejo | Integrado por 15 miembros, incluyendo senador, gobernador, diputado, síndicos, instituciones públicas, organizaciones ecológicas, proyectos turísticos, CODIA, Cultura, Agricultura y clubes sociales. | Integrado por representantes de Turismo, Medio Ambiente, Cultura, Gobernación, alcaldías, ADESJO, Cámara de Comercio, proyectos ecoturísticos, organizaciones ecológicas, CODIA y el director ejecutivo con voz, pero sin voto. |
| Participación de legisladores | Incluía al senador y a un diputado de la provincia. | Se elimina la participación directa de legisladores, en atención al principio de separación de poderes. |
| Director ejecutivo | La ley mencionaba que el Consejo podía designar un director, pero no desarrollaba formalmente el cargo. | Se crea formalmente la figura del director ejecutivo, designado por el presidente de la República a partir de una terna presentada por el Consejo. |
| Requisitos del director ejecutivo | No estaban detallados. | Debe ser dominicano, mayor de edad, profesional o técnico del área de turismo, medioambiente o afines, con experiencia administrativa, capacidad gerencial y residencia en San José de Ocoa. |
| Subdirecciones | No contemplaba subdirector técnico ni subdirector administrativo. | Crea un subdirector técnico y un subdirector administrativo. |
| Funciones del Consejo | Articular sectores públicos y privados, promover proyectos ecoturísticos, vincular comunidades, estimular mipymes, crear comités municipales y establecer relaciones de cooperación. | Además de esas funciones, podrá aprobar proyectos, aprobar presupuesto, fijar remuneraciones, aprobar o modificar reglamentos, homologar contratos, promover campañas educativas y presentar terna para el director ejecutivo. |
| Fondo ecoturístico | Crea el Fondo Provincial de Desarrollo Ecoturístico, subordinado al Consejo. | Crea o redefine el Fondo de Desarrollo Ecoturístico de San José de Ocoa, administrado por el CODEPROSJO. |
| Financiamiento | Asignación transitoria de RD$1 millón mensual durante cuatro años. | Partida anual de RD$25 millones en el Presupuesto General del Estado, con posibilidad de aumento. |
| Otras fuentes de recursos | La ley original se centraba principalmente en la asignación presupuestaria transitoria y el fondo provincial. | Incluye donaciones, contribuciones privadas, organismos nacionales e internacionales, instituciones públicas y privadas, y autogestión. |
| Relación con el Ministerio de Turismo | El Consejo coordinaba con Turismo y Medio Ambiente. | El CODEPROSJO queda adscrito al Ministerio de Turismo, que además preside el Consejo. |
| Enfoque institucional | Más comunitario y promotor. | Más administrativo, técnico, presupuestario y gubernamental. |
| Aplicación práctica | Declaró la vocación ecoturística de Ocoa y creó una estructura inicial. | Busca convertir esa declaratoria en una estructura con presupuesto, dirección ejecutiva y mayor capacidad de gestión. |
Santiago Matias "Alofoke" definió hoy aquí como muy difícil el panorama político, social y económico…
El Banco de Reservas, Fiduciaria Reservas y el Ministerio de Vivienda y Edificaciones (MIVED) realizaron…
La abstención electoral en la República Dominicana ha dejado de ser un fenómeno circunstancial para…
La Fiscalia de San José de Ocoa que dirige el Procurador General de Corte, Francis…
Miembros de la Fiscalía de San José de Ocoa, en coordinación con agentes de la Dirección Nacional…
Miembros de la Fiscalia, acompañados de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) y…